Mi Piso TurísticoLa guía del propietario en Andalucía
Licencia y registro

La licencia turística en Andalucía, paso a paso

Qué es la inscripción VFT/VUT, cómo se tramita, qué documentos piden, qué cuesta y qué pasa cuando cambias de gestor o vendes.

¿Cómo se tramita la licencia?

Certificado digital, oficina virtual de la Junta, formulario de declaración responsable (procedimiento 6631), anexo de la vivienda y periodos de funcionamiento. Lo que ves en pantalla y dónde se atasca la gente.

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¿Cuánto tarda y cuánto cuesta la licencia?

Cuesta cero euros y puedes empezar a alquilar el mismo día que la presentas. Lo que tarda es lo de antes: reunir los documentos y, sobre todo, el acuerdo de la comunidad.

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¿Puedo poner como turística una vivienda en AFO?

«Fuera de ordenación» y «asimilado a fuera de ordenación» (AFO) suenan igual pero no lo son. Una vivienda construida legalmente que el plan dejó fuera de ordenación no está excluida. Una vivienda en AFO, construida sin licencia y que ya no se puede derribar, sí: no puede ser turística salvo autorización expresa previa del ayuntamiento. Cómo saber en cuál está la tuya y qué hacer.

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¿Puedo alquilar mi piso a turistas donde está?

Antes de comprar muebles o hacer fotos, comprueba tres cosas: el municipio, la comunidad y el propio piso. En Málaga capital hoy no se admiten viviendas nuevas; en la Costa del Sol sí, con condiciones.

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¿Puedo cambiar el número de plazas después de tener la licencia?

Sí, pero no con el formulario de comunicación: subir o bajar plazas o dormitorios es una declaración responsable nueva (procedimiento 6631) marcando «modificación de las bases de la inscripción». Es gratis, por internet y tienes que cumplir los límites de hoy: metros, baños y camas.

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¿Puedo tener un piso turístico si no soy el dueño?

Sí: en Andalucía quien figura en el registro es el «titular de la explotación», que puede no ser el dueño, pero necesita un título que le habilite. Un usufructuario puede; una gestora, con contrato; un inquilino de vivienda habitual, casi nunca. Y si la vivienda es de varios, hace falta la firma de todos.

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¿Puedo alquilar a turistas una VPO?

No: mientras dure la protección, una vivienda protegida no puede ser turística, ni entera ni por habitaciones. Lo prohíben el decreto de viviendas turísticas y la Ley de Vivienda de Andalucía de 2025, que trata el alquiler turístico de una VPO como especialmente grave. Cómo saber si tu piso es protegido y cuándo deja de serlo.

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¿Puedo usar yo el piso o cerrarlo unos meses sin darme de baja?

Sí, sin darte de baja: se cambian los periodos de funcionamiento antes de que empiece el nuevo periodo. Fuera de ellos no puedes anunciarlo; dentro, tiene que estar ofrecido. Cómo encajar tus semanas, el cierre de invierno y las reservas que ya tienes sin cancelar a nadie.

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¿Qué es la licencia turística y para qué sirve?

No es una licencia que te conceden: es una inscripción que haces tú, mediante una declaración responsable, en el Registro de Turismo de Andalucía. Qué significa el código VFT/MA/00000, quién tiene que pedirla y qué pasa si no la tienes.

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¿Qué pasa con las reservas si vendo (o heredo) el piso turístico?

El comprador no queda obligado por las reservas del vendedor salvo que las asuma: hay que pactarlo por escrito. La licencia sigue con el piso y se cambia el titular antes de la entrega. Si heredas, las reservas pasan a los herederos con el piso.

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¿Qué pasa si mi municipio tiene moratoria?

Una moratoria es que el ayuntamiento deja de admitir viviendas turísticas nuevas, en toda la ciudad o en algunos barrios, mientras revisa su plan urbanístico. Por sí sola no cancela las ya inscritas. En la Costa del Sol solo Málaga capital la tiene en 2026; en el resto de Andalucía, Córdoba, Cádiz, El Puerto, Chiclana, Manilva y los centros de Sevilla y Granada; cómo comprobar la tuya antes de gastar un euro y qué hacer si te pilla.

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¿Puedo alquilar habitaciones sueltas a turistas?

Sí, si vives en la casa y estás empadronado en ella, con un máximo de seis plazas. Un edificio entero de habitaciones no es una vivienda turística: es un hostal o una pensión, con otra normativa.

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¿Cómo se cambia el titular de la licencia?

No se pide una licencia nueva: se comunica el cambio con el procedimiento 7267 de la Junta. Quién lo presenta, qué documentos lleva y qué pasa con el código y las reservas.

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¿Necesito un certificado urbanístico para el piso turístico?

En Andalucía no hay un certificado autonómico obligatorio: al inscribir la vivienda declaras que es compatible con el plan urbanístico. Pero si no lo es, la Junta cancela la inscripción, y en los municipios que regulen el uso turístico hace falta licencia de cambio de uso. Por eso conviene preguntar antes al ayuntamiento. Los trámites de cada municipio, con su nombre exacto.

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¿Cómo doy de baja la licencia si dejo de alquilar?

Si dejas de alquilar a turistas, comunica el cese: si no, sigues obligado a prestar el servicio en los periodos declarados. El cese es definitivo; volver exige una declaración nueva.

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¿Qué documentos hacen falta para la licencia?

Nota simple, certificado de la comunidad, título de explotación, poder de representación, empadronamiento si es por habitaciones y el anexo de copropiedad. Para qué sirve cada uno y dónde se consigue.

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¿Dónde tengo que poner el código de la licencia?

El código VFT/MA/00000 o VUT/MA/00000 tiene que aparecer en toda publicidad de la vivienda. Dónde se mete en cada plataforma y qué pasa si no está.

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¿Sigue siendo obligatorio el NRUA?

No. La sentencia 620/2026 del Supremo, de 19 de mayo, anuló el registro único estatal de alquileres de corta duración. Desde el 8 de junio de 2026, cuando se publicó el fallo en el BOE, no hay que pedirlo ni renovarlo, tampoco para el alquiler de temporada. La licencia de la Junta sigue igual.

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¿Qué son los periodos de funcionamiento y cómo los declaro?

Los meses en los que te comprometes a alquilar. Fuera de ellos no puedes recibir turistas; dentro, tienes que atender. Todo el año con repetición anual es lo más sencillo.

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Escríbenos y la contestamos. Si es una pregunta que se repite, escribimos la guía.

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