¿Cómo se tramita la licencia turística en Andalucía? La declaración responsable paso a paso
Certificado digital, oficina virtual de la Junta, formulario de declaración responsable (procedimiento 6631), anexo de la vivienda y periodos de funcionamiento. Lo que ves en pantalla y dónde se atasca la gente.
Revisado el 19 de septiembre de 2026 · Por el equipo de Torremolinos Gestión Vacacional · Versión en Markdown
Respuesta corta: se hace solo por internet, en la oficina virtual de la Consejería de Turismo, con certificado digital del titular. Se rellena una declaración responsable (procedimiento 6631) con los datos del titular, del propietario y de la vivienda, se adjunta la documentación y se firma. En cuanto queda registrada puedes empezar a alquilar; el código definitivo llega después. Tiempo real de rellenado, con todo preparado: una hora.
¿Qué necesito antes de sentarme?
- Certificado digital (o Cl@ve) de quien va a ser titular: tú, o el gestor si va a ser él.
- Referencia catastral de la vivienda y sus metros construidos.
- Nota simple reciente del Registro de la Propiedad.
- Certificado de la comunidad aprobando el uso turístico (obligatorio para las viviendas que empiezan desde abril de 2025).
- Si no eres el propietario: el título que te permite explotarla (contrato de gestión o de arrendamiento con autorización).
- Si sois varios propietarios: los datos de todos, para el anexo de titularidad compartida.
- El número de plazas que vas a declarar (recuerda: 14 m² por plaza) y los periodos en que abrirás.
¿Dónde está el formulario?
En la oficina virtual de la Junta (ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual), identificándote con el certificado. El trámite se llama Declaración responsable – Registro de Turismo de Andalucía y tiene el código de procedimiento 6631. Al iniciarlo se crea un borrador con un código CTC-… que puedes guardar y retomar.
¿Qué se rellena?
- Titular que suscribe: nombre, documento, nacionalidad y domicilio. Si es una empresa gestora, se marca "empresa explotadora".
- Actividad: vivienda de uso turístico, y si el titular es o no el propietario.
- Establecimiento: nombre comercial, dirección exacta, teléfono, correo y referencia catastral.
- Anexo de la vivienda: número de habitaciones, plazas en habitaciones y plazas en salón (sofás cama). El total se calcula solo.
- Propietario: datos completos (aunque coincidan con el titular).
- Periodos de funcionamiento: se marcan en un calendario. Lo normal es "todo el año" y marcar que se repite cada año; si no, hay que comunicarlos antes del 1 de enero.
- Modalidad: vivienda completa o por habitaciones.
- Declaraciones: las casillas en las que afirmas que cumples cada requisito. Léelas: son lo que firmas.
- Firma y presentación con el certificado.
¿Dónde se atasca la gente?
- El calendario de periodos está escondido: hay que abrirlo desde el enlace del formulario, seleccionar todo el año y guardar dentro del propio calendario; después, marcar que se repite.
- Un guardado con errores descarta lo no guardado: guarda a menudo y por partes.
- Copropiedad: si hay varios dueños, hay que crear el anexo y que cada uno autorice o firme.
- El código CTC no es la licencia: es el número de tu declaración. El código VFT/VUT llega en la resolución posterior.
¿Y después de presentarla?
El registro de entrada ya acredita que has cumplido: puedes anunciar y alquilar desde ese momento. La Junta emite después la resolución con el código de inscripción, que tienes que poner en los anuncios. Si la Junta detecta que algo no cumple, puede requerirte o cancelar la inscripción, así que declara solo lo que sea verdad.
¿Puede hacerlo el gestor por mí?
Sí, y es lo habitual: el gestor figura como titular de la explotación y presenta la declaración con su certificado. Si la vivienda ya estaba inscrita a tu nombre y pasa a gestionarla una empresa, no se presenta una declaración nueva: se comunica el cambio de titularidad (procedimiento 7267). Está en Cambiar el titular de la licencia.