Alquilar tu piso a turistas en Sevilla: qué permite cada municipio en 2026
En Sevilla capital no se admiten viviendas turísticas nuevas en los 11 barrios del Casco Antiguo y Triana que superan el tope del 10 %, y en el resto de la ciudad la vivienda tiene que pasar antes a uso de hospedaje. En Dos Hermanas, Carmona, Écija, Osuna, Mairena del Aljarafe y Alcalá de Guadaíra no consta ninguna limitación municipal. Qué comprobar antes de empezar, con fecha y fuente.
Revisado el 6 de octubre de 2026
En resumen: en la provincia de Sevilla las limitaciones están en Sevilla capital. Allí hay un tope de viviendas turísticas por barrio (el 10 % de las viviendas) que deja cerrados a altas nuevas 11 barrios del Casco Antiguo y Triana, y en el resto de la ciudad la vivienda tiene que cambiar de uso a hospedaje en la Gerencia de Urbanismo antes de inscribirse. En los demás municipios que hemos revisado no consta ninguna limitación municipal publicada, aunque en todos hay que comprobar que el plan urbanístico lo permite.
¿Puedo abrir una vivienda turística nueva en Sevilla capital?
Depende del barrio, y siempre con un trámite urbanístico previo.
1. El tope por barrios. El Pleno aprobó el 17 de octubre de 2024 un máximo de viviendas turísticas para cada uno de los 108 barrios de la ciudad, calculado como el 10 % de sus viviendas familiares (32.400 en total). Se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 210, de 28 de octubre de 2024, y no tiene fecha de caducidad. La Gerencia de Urbanismo divide la ciudad en tres zonas:
| Zona | Barrios | ¿Admite altas nuevas? |
|---|---|---|
| Decrecimiento (más del 10 %) | 11 barrios del Casco Antiguo y Triana tradicional: Santa Cruz, Arenal, Alfalfa, San Bartolomé, Feria, Encarnación-Regina, Santa Catalina, San Lorenzo, San Gil, San Vicente y Triana Casco Antiguo | No |
| Crecimiento acotado (entre el 5 y el 10 %) | San Julián, Museo y San Bernardo | Sí, hasta llegar al máximo del barrio |
| Crecimiento (menos del 5 %) | Los otros 94 barrios (Nervión, Los Remedios, Triana Este y Oeste, etc.) | Sí, con el cambio de uso del punto 2 |
El cupo va por barrio y se mueve: si se dan de baja viviendas, un barrio puede volver a tener hueco. Al inscribir la vivienda, el Registro de Turismo de Andalucía muestra un aviso automático si la referencia catastral está en una zona limitada.
2. El cambio de uso a hospedaje. Desde junio de 2022 (modificación nº 44 del Plan General), el PGOU de Sevilla considera la vivienda turística un uso de hospedaje, no residencial. Antes de inscribirla en la Junta hay que presentar en la Gerencia de Urbanismo la declaración responsable de cambio de uso y la de primera utilización, con la inspección técnica del edificio (ITE) presentada. El Plan General pone además condiciones de compatibilidad en edificios de viviendas (planta, accesos): compruébalas con la Gerencia antes de gastar un euro. La guía oficial del trámite está en la web de Urbanismo de Sevilla (enlace en las fuentes).
¿Qué se está preparando en Sevilla?
El mismo Pleno de 2024 encargó un nuevo informe para limitar con criterios distintos por zonas (barrios con mucho esfuerzo de las familias para pagar la vivienda, zonas acústicamente saturadas o patrimoniales). A 6 de octubre de 2026 no consta que se haya aprobado nada nuevo. La Junta de Andalucía incluyó a Sevilla en julio de 2025 en su lista de municipios con suspensión de viviendas turísticas, pero no hemos encontrado un acuerdo municipal de suspensión distinto del tope por barrios: el efecto práctico, en el centro, es el mismo.
¿Y en el resto de la provincia?
En estos municipios no hemos encontrado ninguna limitación ni suspensión municipal publicada (búsqueda en el Boletín de la Provincia, webs municipales y prensa de 2025-2026, a 6 de octubre de 2026). Eso no es un certificado: el plan urbanístico de cada municipio tiene que admitir el uso y conviene pedir información urbanística en el ayuntamiento antes de empezar.
| Municipio | ¿Limitación municipal? | Viviendas turísticas activas (INE, mayo 2026) |
|---|---|---|
| Dos Hermanas | No consta | 98 |
| Carmona | No consta | 107 |
| Écija | No consta | 67 |
| Osuna | No consta | 12 |
| Mairena del Aljarafe | No consta | 81 |
| Alcalá de Guadaíra | No consta | 80 |
En Dos Hermanas, un grupo municipal pidió en septiembre de 2024 una ordenanza para ordenar y limitar las viviendas turísticas; no consta que se haya aprobado.
¿Cuántas viviendas turísticas hay?
Según el INE, en mayo de 2026 había 6.937 viviendas turísticas activas en Sevilla capital (el 2,12 % de sus viviendas). El INE cuenta anuncios activos en las plataformas, no inscripciones en el registro de la Junta, así que la cifra oficial de inscritas es mayor. En la provincia, fuera de la capital, las cifras son pequeñas: ninguno de los municipios de la tabla llega al 1 % de sus viviendas.
Qué comprobar antes de empezar, estés donde estés
- Que el plan urbanístico de tu municipio admite el uso turístico en tu vivienda: ¿Necesito un certificado de compatibilidad urbanística? y ¿Puede mi ayuntamiento suspender las viviendas turísticas nuevas?.
- Que tu comunidad de vecinos lo aprueba por tres quintos: ¿Puede mi comunidad prohibirlo?.
- Que la vivienda cumple los requisitos de la Junta: requisitos del piso.
- Después, la inscripción: cómo se tramita la licencia.
Las normas comunes a toda la comunidad están en Andalucía por provincias.
Fuentes
- Ayuntamiento de Sevilla: aprobación definitiva de la limitación del número máximo de viviendas de uso turístico, BOP de Sevilla nº 210, 28/10/2024.
- Gerencia de Urbanismo de Sevilla: límite a las viviendas de uso turístico (zonas) y guía de tramitación de viviendas con fines turísticos.
- Junta de Andalucía: Consejo de Gobierno de 16/07/2025 y aviso del Registro de Turismo en zonas limitadas.
- INE: viviendas turísticas por municipio, dato de mayo de 2026 (publicado el 24/06/2026).