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Córdoba

Alquilar tu piso a turistas en Córdoba: qué permite cada municipio en 2026

Córdoba capital tiene suspendidas las viviendas turísticas nuevas en los distritos Centro (Judería incluida) y Sur hasta abril de 2028 como máximo, y en el resto de la ciudad exige acceso e instalaciones independientes si el edificio es de viviendas. En Priego, Montilla, Palma del Río y Lucena no consta ninguna limitación municipal. Qué comprobar antes de empezar, con fecha y fuente.

Revisado el 6 de octubre de 2026

En resumen: en la provincia de Córdoba casi todo pasa en la capital, que reúne unas 8 de cada 10 viviendas turísticas de la provincia. Allí las altas nuevas están suspendidas en los distritos Centro y Sur (la Judería incluida) hasta abril de 2028 como máximo, y en el resto de la ciudad la vivienda turística en un edificio de viviendas necesita acceso e instalaciones independientes. En Priego de Córdoba, Montilla, Palma del Río y Lucena no consta ninguna limitación municipal publicada.

¿Puedo abrir una vivienda turística nueva en Córdoba capital?

En los distritos Centro y Sur, no. El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo acordó el 25 de marzo de 2025 suspender «toda clase de aprobaciones, autorizaciones, licencias urbanísticas y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico» en esos dos distritos, mientras cambia las normas urbanísticas del Plan General (artículo 6 del Decreto-ley 1/2025 de la Junta). Dura tres años desde su publicación en el Boletín de la Provincia (abril de 2025), o menos si antes entra en vigor el cambio del plan, que a 6 de octubre de 2026 todavía no tiene aprobación inicial.

Barrios afectados, según el edicto de la Gerencia:

  • Distrito Centro: Mezquita-Catedral (la Judería), San Basilio, San Francisco-Ribera, San Pedro, El Salvador y La Compañía, La Trinidad, Santa Marina, San Miguel-Capuchinos, Santiago, San Andrés-San Pablo, La Magdalena, Huerta del Rey-Vallellano, Centro Comercial, San Lorenzo, Campo de la Merced-Molinos Alta, Ollerías, Cerro de la Golondrina y El Carmen.
  • Distrito Sur: Campo de la Verdad-Miraflores, Fray Albino, Sector Sur y Barrio del Guadalquivir.

En el resto de la ciudad, sí, con una condición fuerte. Un informe de la Gerencia de Urbanismo de febrero de 2025 encaja la vivienda turística en el uso de hospedaje del Plan General. Si está en un edificio total o parcialmente de viviendas, tiene que tener acceso y evacuación independientes de los del resto del edificio y también instalaciones generales independientes (luz, agua…). En la práctica, eso descarta la mayoría de pisos en bloque con portal y escalera comunes; encajan mejor las casas, los bajos con puerta propia o los edificios completos. Compruébalo con la Gerencia antes de invertir.

¿Qué se está preparando en Córdoba?

El cambio de las normas del Plan General sobre viviendas turísticas, que justifica la suspensión, sigue en redacción. Grupos de la oposición han pedido en agosto y septiembre de 2026 extender la suspensión a toda la ciudad; a 6 de octubre de 2026 no hay ningún acuerdo en ese sentido.

¿Y en el resto de la provincia?

En estos municipios no hemos encontrado ninguna limitación ni suspensión municipal publicada (Boletín de la Provincia, webs municipales y prensa de 2025-2026, a 6 de octubre de 2026). No es un certificado: pide información urbanística en el ayuntamiento antes de empezar. Fuera del litoral y de los núcleos de más de 20.000 habitantes, mira también si tu caso es una vivienda turística rural, que tiene su propia norma.

Municipio ¿Limitación municipal? Viviendas turísticas activas (INE, mayo 2026)
Priego de Córdoba No consta 53
Montilla No consta 29
Palma del Río No consta 13
Lucena No consta 54

En Priego, el Pleno de febrero de 2026 aplicó otra parte del Decreto-ley 1/2025 (el suelo para vivienda protegida); no afecta a las viviendas turísticas.

¿Cuántas viviendas turísticas hay?

Según el INE, en mayo de 2026 había 2.379 viviendas turísticas activas en Córdoba capital (el 1,53 % de sus viviendas), de unas 2.950 en toda la provincia. El INE cuenta anuncios activos en las plataformas, no inscripciones en el registro de la Junta.

Qué comprobar antes de empezar, estés donde estés

  1. Que el plan urbanístico de tu municipio admite el uso turístico en tu vivienda: ¿Necesito un certificado de compatibilidad urbanística? y ¿Puede mi ayuntamiento suspender las viviendas turísticas nuevas?.
  2. Que tu comunidad de vecinos lo aprueba por tres quintos: ¿Puede mi comunidad prohibirlo?.
  3. Que la vivienda cumple los requisitos de la Junta: requisitos del piso.
  4. Después, la inscripción: cómo se tramita la licencia.

Las normas comunes a toda la comunidad están en Andalucía por provincias.

Fuentes