Requisitos de una vivienda turística en Andalucía, habitación por habitación (2026)
Metros por plaza, camas, baños, climatización, ventilación, oscurecimiento, cocina, seguridad, botiquín, hojas de reclamaciones e información turística. La lista completa del decreto andaluz explicada para que la repases en tu piso en media hora.
Revisado el 19 de septiembre de 2026 · Por el equipo de Torremolinos Gestión Vacacional · Versión en Markdown

Respuesta corta: la norma andaluza pide una vivienda legal (licencia de primera ocupación, suelo residencial), con 14 m² construidos por plaza (mínimo 25 m²), camas de medida, baños suficientes (dos a partir de 6 plazas, tres a partir de 9), climatización según la temporada, ventilación y oscurecimiento en los dormitorios, cocina equipada, seguridad (extintor y detector de humo), botiquín, hojas de reclamaciones e información turística. Aquí va la lista completa, por estancias.
La vivienda en su conjunto
- Licencia de primera ocupación (o certificado equivalente del ayuntamiento) y que el edificio no esté fuera de ordenación.
- Uso residencial según el planeamiento del municipio.
- Capacidad: 14 m² construidos por plaza según Catastro, mínimo 25 m². Máximo 15 plazas completa, 6 por habitaciones, 4 por habitación.
- Amueblada y equipada para el número de plazas declarado.
- Climatización: aire acondicionado (fijo o portátil, no ventiladores) en dormitorios y salón si abres entre mayo y agosto; calefacción (sin elementos incandescentes ni combustión de líquidos o gases) si abres entre diciembre y marzo.
- Extintor y detector de humo.
- Botiquín de primeros auxilios.
- Hojas de quejas y reclamaciones en papel (modelo oficial andaluz) y cartel anunciador.
- Información turística de la zona: guía o carpeta con transporte, servicios, ocio y normas de convivencia de la comunidad.
- Teléfono de atención 24 horas para el huésped.
Dormitorios
- Ventilación directa al exterior o a patio (no interiores sin ventana).
- Sistema de oscurecimiento: persiana, contraventana o cortina opaca.
- Camas: mínimo 80×190 cm las individuales y 135×190 cm las dobles, con colchón de al menos 18 cm de grosor.
- Máximo 4 plazas por habitación; si son 4, dos de ellas en litera.
- Armario o espacio para guardar ropa.
Salón
- Los sofás cama cuentan como plazas si se declaran (máximo dos plazas en salón, dentro del total permitido por los metros).
- Climatización igual que los dormitorios.
Cocina
- Equipada para el número de plazas: al menos dos fuegos, frigorífico, menaje, utensilios y vajilla suficientes.
- Ventilación o extracción.
Baños
- Uno como mínimo; dos si hay más de 5 plazas; tres si hay más de 8.
- Inodoro independizado (con puerta) en el baño principal, suelo antideslizante en ducha o bañera, espejo, iluminación, punto de luz, papel higiénico, jabón y toallas.
Servicios que tienes que prestar
- Limpieza a la entrada y a la salida de cada huésped.
- Ropa de cama y toallas limpias en cada entrada, con juego de reposición si la estancia es larga.
- Registro de viajeros a la Policía Nacional o Guardia Civil en cada reserva.
- Justificante de pago con los datos que exige la norma.
- Información al huésped sobre normas de la comunidad, mascotas, zonas de fumadores y uso de instalaciones.
¿Qué no exige la norma pero espera el huésped?
Wifi, televisión, lavadora, secador de pelo, plancha, cafetera, tostador, microondas y un kit de bienvenida. No son obligatorios; sin ellos las reseñas bajan. Lo detallamos en Lo que espera un huésped en 2026.
¿Hay que demostrar algo al inscribirse?
No: se declara que se cumple. La demostración llega si hay inspección o denuncia. Por eso conviene tener fotos del extintor, el detector, el botiquín y las hojas de reclamaciones, y la ficha catastral con los metros. En las viviendas que gestionamos revisamos esta lista antes de presentar la declaración y la volvemos a repasar cada temporada.