¿Cuánto se lleva Hacienda de un piso turístico? Cómo tributa en el IRPF, explicado sin jerga
Los ingresos van a la renta como rendimiento del capital inmobiliario, se restan los gastos de los días alquilados, no hay rebaja del 60 % y los días vacíos también tributan. Con un ejemplo numérico de un piso de 4 plazas.
Revisado el 19 de septiembre de 2026 · Por el equipo de Torremolinos Gestión Vacacional · Versión en Markdown
Respuesta corta: si eres residente en España y alquilas tu piso a turistas sin dar servicios de hotel, los ingresos se declaran en la renta (IRPF) como rendimiento del capital inmobiliario: a lo cobrado se le restan los gastos de los días alquilados y el resultado se suma a tu base general, tributando entre el 19 % y el 47 % según tus ingresos totales. No existe la rebaja del 60 % del alquiler de larga duración, y por los días que el piso está vacío pagas una pequeña renta imputada. En un piso de 4 plazas que deja 14.000 € netos, lo normal es que Hacienda se quede entre 3.000 y 4.500 €.
¿Qué se declara exactamente?
Ingresos: todo lo que cobras del huésped, incluida la limpieza, antes de descontar la comisión del portal. Si la plataforma te ingresa 850 € de una reserva de 1.000 € tras quedarse 150 €, el ingreso son 1.000 € y los 150 € son un gasto.
Gastos deducibles (solo en la proporción de días alquilados): comisiones de portales y del gestor, limpieza, suministros, comunidad, IBI, seguro, intereses de la hipoteca, reparaciones, amortización del 3 % del valor de construcción y del mobiliario. La lista completa está en Gastos que puedes restar.
Resultado: ingresos menos gastos = rendimiento neto, que va a la base general con el resto de tus rentas (sueldo, pensión).
¿Por qué no tengo la reducción del 60 %?
Porque esa reducción existe solo para el alquiler de vivienda habitual del inquilino. Un turista no vive en tu piso. Es la diferencia fiscal más importante entre las dos modalidades y hay que tenerla en cuenta al comparar (¿Turístico o larga duración?).
¿Y los días que está vacío?
Por los días en que el piso no está alquilado (ni lo usas tú como vivienda habitual) se declara una renta imputada: el 1,1 % del valor catastral si está revisado en los últimos diez años, o el 2 % si no, prorrateado por esos días. En un piso con valor catastral de 60.000 € y 150 días vacíos, son unos 270-490 € de renta imputada, que a un tipo del 30 % suponen 80-150 € de impuesto. Es poco, pero existe. Se explica en Los días vacíos también tributan.
Un ejemplo con números
Apartamento de 4 plazas en Torremolinos, año completo, 220 días alquilados:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ingresos brutos (con limpieza) | 23.000 € |
| Comisiones de portales (media 15,5 %) | −3.565 € |
| Limpiezas pagadas | −2.200 € |
| Gestor (15 % sobre el neto del portal, más IVA) | −3.170 € |
| Comunidad, IBI, seguro, suministros, internet (proporción 220/365) | −1.900 € |
| Amortización 3 % construcción + mobiliario (proporción) | −1.300 € |
| Rendimiento neto | 10.865 € |
| Renta imputada por 145 días vacíos (VC 60.000 €, 1,1 %) | +262 € |
| Total que se suma a tu base general | ≈ 11.100 € |
Si tu tipo marginal es del 30 %, pagas unos 3.300 €. Si es del 37 %, unos 4.100 €. El dinero que te queda en el bolsillo, después de Hacienda, ronda los 9.000-10.000 €.
¿Cuándo es una actividad económica y no un alquiler?
Cuando prestas servicios propios de hotel durante la estancia (limpieza periódica, cambio de ropa a mitad de estancia, desayunos, recepción) o cuando tienes un empleado a jornada completa para gestionar los alquileres. Entonces se declara como actividad económica (con IAE, libros y, normalmente, IVA al 10 %). La limpieza a la entrada y a la salida no convierte el alquiler en actividad económica. Contratar a un gestor tampoco: sigues siendo un particular con un rendimiento del capital inmobiliario.
¿Se entera Hacienda de lo que cobro?
Sí. Booking, Airbnb y el resto de plataformas comunican cada año a Hacienda tus ingresos y los datos de la vivienda (directiva DAC7). Los datos aparecen en tu borrador de la renta. Lo explicamos en Las plataformas informan a Hacienda.
¿Y si vivo fuera de España?
Cambia todo: tributas por el impuesto de no residentes con el modelo 210, sin escala progresiva y con reglas distintas según seas de la Unión Europea o no. Está en Vivo fuera de España: ¿qué cambia?.
¿Necesito una gestoría?
Para la renta de un particular con un piso, no es imprescindible: el borrador trae los ingresos y tú añades los gastos. Para no residentes, varios propietarios, herencias o si hay actividad económica, sí. Nosotros entregamos a cada propietario un resumen anual con ingresos, comisiones, limpiezas y días alquilados, que es lo que pide cualquier asesor.